Regulada la venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción obligatoria
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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de noviembre un Real Decreto por el que se regula la venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción obligatoria. Esta norma posibilita una modalidad de venta de medicamentos veterinarios que responde a la creciente demanda de los ciudadanos de efectuar la mayor parte de sus gestiones y adquisiciones a través de medios electrónicos, por la comodidad y ahorro de tiempo que estos medios aportan.
Por razones de seguridad, y sanidad pública y animal, se limita esta posibilidad de venta a aquellos medicamentos veterinarios que no están sujetos a la obligatoriedad de prescripción veterinaria.
Los medicamentos cuya venta a distancia se regula serán dispensados desde oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas de venta de medicamentos veterinarios que notifiquen a las autoridades de las Comunidades Autónomas en las que están ubicadas el inicio de este nuevo canal de comercialización.
Todas las dispensaciones estarán asesoradas por el farmacéutico responsable del centro dispensador que efectúa la venta, con objeto de preservar la seguridad de su utilización.
A la espera de su publicación en el BOE, pueden consultar aquí el Proyecto del Real Decreto.